Written by
Ramiro Quezada Jr.
Published on
October 25, 2026

Si falta a una fecha de corte mientras está libre con fianza, el juez puede emitir una orden de arresto (bench warrant) y declarar confiscada su fianza. Suena definitivo, pero normalmente no lo es. La ley de California da un plazo para corregirlo, y la forma más rápida de protegerse es llamar de inmediato a su abogado y a su agente de fianzas y volver a presentarse ante el juez.
Esta guía explica paso a paso lo que pasa y lo que puede hacer hoy.
Cuando llaman su caso y usted no está, el juez tiene algunas opciones. Bajo la sección 1305 del Código Penal de California, si un acusado no se presenta "sin una excusa suficiente", la corte debe declarar la fianza confiscada en corte abierta. Bajo la sección 978.5 del Código Penal, el juez también puede emitir una bench warrant, que es una orden de arresto que la policía de cualquier condado puede ejecutar.
El juez no siempre hace las dos cosas. Si la corte cree que puede haber una buena razón por la que usted no está, la sección 1305.1 del Código Penal permite que el juez pase el caso a una nueva fecha sin confiscar la fianza ni emitir una orden. Eso pasa muchas veces cuando su abogado está en la sala y puede explicar que usted está en el hospital, atorado en el tráfico o tiene un problema de horario. Si luego falta a la nueva fecha sin una buena razón, la fianza se confisca y se puede emitir una orden.
Una bench warrant significa que lo pueden arrestar en cualquier momento: durante una parada de tránsito, en el trabajo o en su casa. Si lo detienen, normalmente lo vuelven a registrar en la cárcel y lo retienen hasta que vea a un juez.
Esperar no hace que la orden desaparezca. Mientras más tiempo pase, más difícil puede ser explicárselo al juez, y más probable es que el juez le suba la fianza o lo mantenga bajo custodia cuando por fin regrese.
La confiscación significa que la corte declaró que la fianza depositada por usted ahora se le debe a la corte. Lo que eso significa en dinero depende de cómo se depositó la fianza:
La confiscación no significa que el dinero se pierda ese mismo día. California incluye un plazo para revertirla.
Para fianzas de más de $400, el secretario de la corte debe enviar por correo un aviso de confiscación a la compañía de fianzas dentro de los 30 días posteriores a la confiscación. A partir de ahí, la ley da un plazo de 180 días para resolverla. Cuando el aviso se envía por correo, ese plazo de 180 días se extiende cinco días más por el envío.
Si usted se presenta en la corte dentro de ese plazo, ya sea de forma voluntaria o bajo custodia después de entregarse o ser arrestado, la sección 1305(c)(1) del Código Penal dice que la corte debe anular la confiscación y exonerar la fianza. Dicho de forma sencilla: se borra la confiscación y se libera la fianza.
Por eso es tan importante volver pronto a la corte. Es el camino más claro para revertir la confiscación.
A veces. Bajo la sección 1305.4 del Código Penal, la compañía de fianzas o la persona que depositó la fianza puede presentar una moción para pedirle más tiempo a la corte, por causa justificada. La moción debe incluir una declaración jurada que explique las razones, y el fiscal debe recibir aviso por escrito por lo menos 10 días hábiles de corte antes de la audiencia. Si el juez está de acuerdo, la corte puede extender el plazo hasta 180 días a partir de la fecha de su orden.
Una extensión depende del juez. No es automática, y no es algo con lo que se pueda contar.
Si la confiscación no se anula dentro del plazo permitido, la sección 1306 del Código Penal indica a la corte que dicte una sentencia sumaria contra la compañía de fianzas por el monto de la fianza más los costos. Cuando eso pasa, la compañía de fianzas buscará que las personas que firmaron el contrato de fianza le paguen lo que debe. Si usó un cofirmante, nuestra guía sobre ser cofirmante de una fianza explica a qué se comprometió esa persona.
Faltar a la corte también puede causar nuevos cargos penales. Bajo la sección 1320.5 del Código Penal, una persona acusada de un delito grave que está libre con fianza y que intencionalmente no se presenta para evadir a la corte puede enfrentar un cargo aparte por delito grave. La ley dice que no presentarse dentro de los 14 días posteriores a la fecha asignada puede considerarse hecho con ese propósito. Si esto aplica a su caso es una pregunta para su abogado.
Si tenía un defensor público, llame a la oficina del defensor público de su condado y dé su nombre y número de caso. Si contrató a un abogado privado, llame a su oficina. Si no está seguro de quién lo representa, sus documentos de la fianza y los avisos de la corte normalmente indican el número de caso y la corte, y el secretario de la corte puede decirle los siguientes pasos para volver al calendario.
Si todavía está al principio de su caso, nuestra guía sobre qué pasa después de un arresto en el Condado de Riverside explica el proceso desde el registro hasta la lectura de cargos, y cómo funciona la fianza explica lo básico de la liberación.
Este artículo es información general, no asesoría legal. Si tiene preguntas sobre su caso, hable con un abogado defensor penal.
Si usted o un ser querido faltó a la corte estando libre con fianza, mientras más pronto llame, más se puede hacer. Los agentes con licencia de OnCall Bail Bonds contestan 24/7, en inglés y español, y puede firmar los documentos desde su teléfono. Llame al (951) 339-3801, contáctenos en línea o inicie su fianza en línea.